Términos Mas Usados En Una Operación Portuaria
A
continuación se darán a conocer los términos mas usados en una operación
portuaria; estos términos deben ser conocidos por todo gestor portuario para
proporcionar liderazgo ante sus compañeros de trabajo y principalmente para no
cometer errores en sus puestos de trabajo.
Estos
términos están organizados de acuerdo al abecedario.
1. Abarloamiento: Operación de amarrar una nave
a otra que se encuentra atracada a muelle o fondeada en el área de operaciones
acuática del terminal.
2. Actividad portuaria: Construcción,
conservación, desarrollo, uso, aprovechamiento, explotación, operación,
administración de los puertos, terminales e instalaciones portuarias en general
incluyendo las actividades necesarias para el acceso a los mismos en las áreas
marítimas, fluviales y lacustres.
3. Administrador portuario: Persona jurídica
constituida o domiciliada en el país que administra un puerto o terminal
portuario. El administrador portuario puede ser publico o privado.
4. Aforo: Actividad que consiste en reconocer la
mercancía, verificar su naturaleza y valor, establecer su peso, cuenta o
medida, clasificarla en la nomenclatura arancelaria y determinar los gravámenes
que le sea aplicable.
5. Agente de aduana: Persona natural o jurídica
autorizada por la superintendencia nacional de aduanas que representa
oficialmente a los consignatarios o dueños de la carga.
6. Agente general: Persona jurídica constituida
en el país con arreglo a la ley, para actuar en el Perú en representación de un
armador u operador en las actividades de: contratación de carga, designación de
agentes marítimos, fluviales, lacustres y/o empresas de estiba en los puertos
nacionales.
7. Agente marítimo, fluvial o lacustre: Persona
jurídica peruana autorizada por la dirección general de transporte acuático
para intervenir a designación del agente general o en representación de la
empresa naviera o armador en las operaciones de las naves en los terminales
portuarios.
8. Almacenamiento: Es el servicio que se presta
a la carga que permanece en los lugares de deposito determinados por la
empresa.
9. Almacenes aduaneros: Locales abiertos o
cerrados destinados a la colocación temporal de mercancías en tanto se solicite
su despacho.
10. Amarradero: Espacio físico designado para el
amarre de naves.
11. Amarre y desamarre: Servicio que se presta a
naves en el amarradero para recibir y asegurar las amarras, cambiarlas de un
punto de amarre al otro y largarlas.
12. Apilar: Colocar en forma ordenada la carga
una sobre otra en las áreas de almacenamiento.
13. Área de operaciones acuática: Espacio
acuático comprendido entre los muelles de terminales con facilidades de atraque
directo y los rompeolas artificiales, o entre dichos muelles y la línea fijada
mediante balizas u otros puntos de señalización, o el espacio necesario para el
amarre y desamarre a boyas.
14. Área de desarrollo portuario: Espacios
terrestres, marítimos, lacustres y fluviales calificados por la autoridad
portuaria aptos para ser usados en la construcción, ampliación de puertos o
terminales portuarios, o que por orden de razón logístico, comercial,
urbanístico o de otra naturaleza se destinan como tales.
15. Áreas de atraque y permanencia de las naves: En
la franja marítima de 500 metros que circundan una instalación portuaria a la
mar abierta, de penetración o el dársena.
16. Armador: Persona física o jurídica
propietaria del buque o la que sin serlo lo tiene en fletamento. En cualquiera
de los casos es el que acondiciona el buque para su explotación, obteniendo rendimiento
del flete de las mercancías o transporte de pasajeros.
17. Arqueo bruto: Es la expresión del volumen
total de una nave, determinada de acuerdo con las disposiciones internacionales
y nacionales vigentes.
18. Arrumaje: Colocación transitoria de la
mercancía en áreas cercanas a la nave.
19. Atraque: Operación de conducir la nave desde
el fondeadero oficial del puerto y atracarla al muelle o amarradero designado.
20. Bienes portuarios: Obras de infraestructura
que se ubican en el interior de los puertos que sirven indistintamente a todos
los que operan en los recintos portuarios, destinados a proporcionar áreas de
aguas abrigadas y a otorgar servicios comunes tales como vías de circulación,
caminos de acceso, puertas de entrada, servicios higiénicos, etc.
21. Cabotaje: Todo transporte de carga entre
puertos de un mismo país.
22. Calado: Es la profundidad sumergida de una
nave en el agua.
23. Canal de entrada y salida de naves: espacio
marítimo natural o artificial utilizado como transito de las naves para
permitirles acceder a las instalaciones portuarias o retirarse de ellas.
24. Carga: Cargamento o conjunto de efectos o
mercancías que para su transporte de un puerto a otro se embarcan y estiban en
una nave.
25. Carga consolidada: Agrupamiento de mercancías
pertenecientes a uno o varios consignatarios reunidas para ser transportadas de
un puerto a otro en contenedores siempre que las mismas se encuentren amparadas
por un mismo documento de embarque.
26. Carga de reembarque: Carga de importación
manifestada para el puerto de arribo de la nave, nuevamente embarcada con
destino a su puerto de origen u otro puerto.
27. Carga de transbordo: Carga manifestada como
tal, procedente de países extranjeros para otros países o puertos nacionales
transportada vía marítima o fluvial.
28. Carga de transito: Carga manifestada como tal
procedente de países extranjeros con destino al exterior del país.
29. Carga fraccionaria: Carga sólida o liquida
movilizada en forma envasada, embalada o en piezas sueltas.
30. Carga liquida a granel: Líquidos embarcados o
desembarcados a través de tuberías y/o mangas.
31. Carga rodante: Vehículos de transporte de
personas o carga, así como equipos rodantes destinados para la agricultura,
minería u otras actividades, movilizados por sus propios medios.
32. Carga sólida a granel: Producto sólido
movilizado sin envase o empaque.
33. C.F.R. (cost and freight)-costo y flete: Termino
por el cual el vendedor asume todos los gastos de transporte de la mercancía al
lugar de destino convenido, pero el riesgo de perdida o daños de la misma o de
cualquier incremento de costos, se transfiere del vendedor al comprador en
cuanto la mercancía pasa la borda de la nave, en el puerto de embarque.
34. C.I.F. (cost, insurance and freight)-costo, seguro y flete: Termino
similar al de de C&F pero el vendedor debe además suministrar un seguro
marítimo contra riesgo de perdida o daño de la mercancía durante su transporte.
35. Código IMDG: Es el código marítimo
internacional de mercancías peligrosas.
36. Comunidad portuaria: Conjunto de entidades
publicas y privadas representativas de la zona de influencia de un puerto que
tengan relación directa respecto al desarrollo de las actividades y servicios
portuarios.
37. Concesión portuaria: Acto administrativo por
el cual el estado otorga a personas jurídicas nacionales o extranjeras, el
derecho a explotar determinada infraestructura portuaria o ejecutar obras de
infraestructura portuaria para la prestación de servicios públicos. Supone la
transferencia de algún tipo de infraestructura portuaria de titularidad estatal
para su explotación por parte de la entidad prestadora a fin que la misma sea
objeto de mejoras o ampliaciones.
38. Conferencia marítima de fletes: Convenio de
colaboración entre líneas marítimas regulares que tienden a la racionalización
del servicio y a la consecución de unas tarifas uniformes y competitivas.
39. Conocimiento de embarque: Documento que
acredita la posesión y/o propiedad de la carga.
40. Consignatario: Persona natural o jurídica a
cuyo nombre viene manifestada la mercancía o que la adquiere por endoso.
41. Consolidación de carga: Llenado de un
contenedor con mercancía proveniente de uno o dos o mas embarcadores.
42. Contrato de fletamento: Acuerdo por medio del
cual el armador entrega todo el buque o parte de el al fletador para
transportar mercaderías de un puerto a otro o por un periodo de
tiempo a cambio de una suma de dinero que el fletador acepta pagar como merced
conductiva. Existen dos modalidades básicas de fletamento: por cesión y por
locación, tanto por tiempo como por viaje.
43. Contrato de transporte: Acuerdo por medio del
cual un porteador o transportador llámese armador, agente naviero o fletador se
compromete con el dueño de la carga directamente o a través de un embarcador
(freight forwarder) o de un agente de aduana a transportar una carga desde un
puerto de origen hasta un puerto de destino por el pago de una suma denominada
flete.
44. Cuadrilla: Grupo de estibadores que en un
puerto se ocupan de estibar la mercancía a bordo de las naves así como también
de su desembarque.
45. Declaración única de aduanas (DUA): Documento
que se utiliza para solicitar que las mercancías sean sometidas a los regímenes
y operaciones aduaneros de: importación definitiva, importación temporal,
admisión temporal, deposito, transito, reembarque, re-importación, exportación
definitiva, exportación temporal y re-exportación, según se trate. Esta
dirigido a los operadores de comercio exterior que intervienen en los regímenes
y operaciones aduaneros antes mencionados.
46. Deposito aduanero autorizado privado: Local
destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad exclusiva del
depositario.
47. Deposito aduanero autorizado publico: Local
destinado al almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes.
48. Depósitos aduaneros autorizados: Locales
destinados a almacenar mercancías solicitadas al régimen de deposito aduanero.
49. Derecho de uso de espacios acuáticos y costeros: Acto
administrativo mediante el cual la dirección general de capitanías y
guardacostas autoriza al peticionario la explotación de áreas de desarrollo
portuario.
50. Desabarloamiento: Operación inversa al
abarloamiento.
51. Desatraque: Operación inversa al atraque.
52. Descarga directa: Traslado de carga que se
efectúa directamente de una nave a vehículos para su inmediato retiro del
recinto portuario.
53. Descarga indirecta: Traslado que se efectúa
de una nave a muelle para su almacenamiento en el terminal.
54. Desconsolidación de carga: Vaciado de un
contenedor con mercancía destinada a uno, dos o mas consignatarios.
55. Despachador oficial: Representante de
entidades estatales o privadas autorizado para ejercer funciones de agente de
aduana, respecto al embarque y despacho de carga de exportación e importación
perteneciente a dichas entidades.
56. Despacho: Cumplimiento de las formalidades
aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a
otros regímenes operaciones o destinos aduaneros.
57. Documento único de información de manifiesto (DUIM): Documento
suscrito por el transportista o su representante conteniendo las
características de la carga y la conformidad del manifiesto.
58. Dueño de carga: Propietario o destinatario de
la carga.
59. Embarcadero: Instalación en la costa marítima
o riveras fluviales o lacustres sin infraestructura de defensa o abrigo,
destinada al atraque y atención de embarcaciones menores.
60. Embarque directo: Traslado de carga que se
efectúa directamente de vehículos particulares a una nave.
61. Embarque indirecto: Traslado de carga que se
efectúa de áreas de almacenamiento del terminal a una nave.
62. Empresa de estiba y desestiba: Comprende a
las empresas de estiba, desestiba y cooperativas de estiba y desestiba.
63. Empresa de transporte o transportista: Persona
natural o jurídica facultada por el ministerio de transportes, comunicaciones,
vivienda y construcción y autorizada por ENAPU para transportar las mercancías
dentro, hacia o desde los terminales portuarios.
64. Eslora: Se refiere a la eslora total de la
nave tal como figura en el certificado de matricula.
65. Espigón: Macizo saliente o dique que avanza
en el mar o en un rio para protección de un puerto.
66. Estiba: Es el proceso de acomodar la carga en
un espacio de almacén, muelle o medio de transporte.
67. Estructura portuaria: Obras de
infraestructura y superestructura construidas en puertos para atender a las
naves.
68. Facilidades portuarias: Instalaciones
portuarias puestas a disposición de los usuarios.
69. F.O.B. (free on borrad)-libre a bordo: Termino
por el cual el vendedor coloca la mercancía a bordo de la nave en el puerto de
embarque convenido en el contrato de venta. El riesgo o perdida de daños de la
mercancía se transfiere del vendedor al comprador cuando esta pasa la borda de
la nave.
70. Fondeo: Operación de conducir la nave al
fondeadero oficial del puerto.
71. Infraestructura de acceso acuático: Constituida
por canales, zonas de aproximación, obras de defensa (rompeolas, espigones,
esclusas) y señalización (faros, boyas) que se encuentren en el área de
operaciones acuática.
72. Infraestructura de área portuaria: Constituida
por muelles, diques, dársenas, áreas de almacenamiento en transito, boyas de
amarre y otras vías de comunicación interna (pistas, veredas).
73. Infraestructura portuaria: Obras civiles e
instalaciones mecánicas, eléctricas y electrónicas, fijas y flotantes
construidas o ubicadas en los puertos, para facilitar el transporte y el
intercambio modal esta constituida por:
· Acceso
acuático: canales zona de aproximación, obras de abrigo o defensa tales como
rompeolas y esclusas y señalizaciones náuticas.
· Zonas de
transferencia de carga y transito de pasajero: muelles, diques, dársenas, áreas
de almacenamiento, boyas de amarre, tuberías sub-acuáticas, ductos, plataformas
y muelles flotantes.
· Acceso
terrestre: vías interiores de circulación, líneas férreas que
permitan la interconexión directa e inmediata con el sistema nacional de
circulación vial.
74. Instalaciones portuarias: Obras de
infraestructura y superestructura construidas en un puerto o fuera de el,
destinadas a la atención de naves, prestación de servicios portuarios o
construcción y reparación de naves.
75. Lugar de transito: Área de terreno destinada
al deposito transitorio de mercancías, como paso intermedio de la nave a
vehículos particulares o viceversa en el embarque.
76. Manifiesto de carga: Documento en el cual se
detalla la relación de las mercancías que constituyen la carga de un medio o
una unidad de transporte, y expresa los datos comerciales de las mercancías.
77. Marina: Conjunto de instalaciones portuarias
y embarcaderos, sus zonas acuáticas y terrenos ribereños, en las que se realiza
exclusivamente actividades de turismo, recreación y deportivas, incluidas la
construcción, reparación y mantenimiento de embarcaciones deportivas.
78. Mercancía: Toda carga que se transporta que
ha sido y/o va a ser transportada a bordo de una nave.
79. Mercancía extranjera: Es la que proviene del
exterior, bajo regímenes suspensivos, temporales o de perfeccionamiento.
80. Mercancía nacional: Producto manufacturado en
el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.
81. Mercancía peligrosa: Son las mercancías
clasificadas como peligrosas para las cuales existen regulaciones con respecto
a su procedimiento de aceptación, empaque, estiba, documentación y transporte
ya sea para traslado local o internacional. Hay nueve (9) clasificaciones de
mercancías peligrosas para el transporte marítimo internacional y las
regulaciones, documentación, procedimientos de aceptación, empaque y la estiba
son establecidos por la organización marítima internacional (OMI).
82. Muelle: Infraestructura portuaria en la
orilla de un río, lago o mar especialmente dispuesta para cargar y descargar
las naves y para la circulación de vehículos.
83. Muelle privado: Es aquel que se proporciona
para el uso exclusivo de un usuario con el propósito de facilitar el cargue y
descargue de naves.
84. Nave: Toda construcción naval destinada a
navegar, cualquiera que sea su clase incluida sus partes integrantes y partes
accesorias, tales como aparejos, repuestos, pertrechos, maquinarias,
instrumentos y accesorios que sin formar parte de la estructura de la nave se
emplea en su servicio tanto en la mar como en el puerto.
85. Nota de tarja: Documento que registra el
numero, condición y características de la carga.
86. Operaciones portuarias: Es la entrada,
salida, fondeo, atraque, desatraque, amarre, desamarre y permanencia de naves
en el ámbito territorial de un puerto.
87. Operador portuario: Persona jurídica
constituida y domiciliada en el país, que tiene autorización para prestar, en
las zonas portuarias, servicios a las naves, a las cargas y/o a los pasajeros.
88. Operadores de comercio exterior: Despachadores
de aduana, conductores de recintos aduaneros autorizados, dueños,
consignatarios y en general cualquier persona natural, jurídica o beneficiaria,
en operaciones o regímenes aduaneros previstos por ley.
89. Orden de embarque: Documento aduanero exigido
para el despacho de mercancías de exportación definitiva, incluyendo la salida
de mercancías de CETICOS.
90. Parihuela: Implemento que se utiliza para el
arrumaje de la carga fraccionada (sacos) y con ello, facilitar las labores de
estiba y desestiba a/de las naves.
91. Policía marítima, fluvial y lacustre: Atribución
conferida a la autoridad marítima para controlar fiscalizar y exigir la fiel
observancia y cumplimiento de la leyes, reglamentos y disposiciones y ordenes
referentes a las actividades marítimas, fluviales y lacustres, así como la
represión de las actividades ilícitas en el ámbito de su jurisdicción.
92. Porteador o transportador: Persona natural o
jurídica encargada del transporte marítimo de las mercaderías mediante el
respectivo contrato de transporte.
93. Practicaje: Servicio que los prácticos
prestan a las naves dirigiendo las maniobras que estas requieran para su
desplazamiento dentro o fuera del área de operaciones del terminal.
94. Prestadores de servicios: Personas naturales
o jurídicas que cuentan con el respectivo permiso, licencia o autorización para
prestar servicios portuarios.
95. Puerto: Localidad geográfica y unidad
económica de una localidad donde se ubican los terminales, infraestructuras e
instalaciones terrestres y acuáticos, naturales o artificiales, acondicionados
para el desarrollo de actividades portuarias.
96. Puerto de cabotaje: Es aquel que se utiliza
para operaciones comerciales entre puerto nacionales.
97. Puerto fluvial: Lugar situado sobre la ribera
de una vía fluvial navegable, adecuado y acondicionado para las actividades
portuarias.
98. Puerto lacustre: Lugar situado sobre la
ribera de un lago navegable, adecuado y acondicionado para las actividades
portuarias.
99. Puerto marítimo: Conjunto de espacios
terrestres, aguas marítimas e instalaciones que, situado en la ribera del mar,
reúnan condiciones físicas, naturales o artificiales y de organización que
permitan la realización de operaciones de trafico portuario y sea utilizado
para el desarrollo de estas actividades por la administración competente.
100. Recinto portuario: Espacio comprendido entre
las obras de abrigo o línea externa de demarcación del área operativa acuática,
y el límite perimetral terrestre del área en que se ubican las instalaciones
portuarias.
101. Remolcaje: Servicio que prestan los
remolcadores para halar, empujar, apoyar o asistir a la nave durante las
operaciones portuarias.
102. Ribera: Faja de terreno de los álveos,
comprendida entre los mayores y menores niveles ordinarios alcanzados por las
aguas.
103. Servicio de manipuleo: Servicio de recepción
o arrumaje de la carga en el recinto de un terminal portuario, así como su
despacho o entrega para su retiro o embarque.
104. Servicio de transferencia: Traslado de la
carga de nave o lugares de transito a las áreas de almacenamiento del terminal,
o viceversa en el embarque.
105. Servicios portuarios: Los que se prestan en
las zonas portuarios para atender a las naves, a la carga, embarque y
desembarque de personas.
106. Sistema portuario nacional: Es el conjunto de
personas naturales o jurídicas, bienes, infraestructuras, puertos, terminarles
e instalaciones portuarias, sean estos públicos y/o privados situados en el
territorio.
107. Sociedad portuaria: Empresas anónimas
constituidas con capital privado, público o mixto cuyo objeto social es la
inversión, construcción y mantenimiento de puertos y su administración. Las
sociedades portuarias pueden también prestar servicios de cargue y descargue,
de almacenamiento en puertos y otros servicios directamente relacionados con la
actividad portuaria.
108. Súper estructura portuaria: Obras que sirven para
dar el apoyo a los servicios portuarios tales como, almacenes, edificios
administrativos y talleres, etc.
109. Tarifa: Retribución económica exigida por la
prestación de actividades o servicios portuarios sujetos a regulación.
110. Terminal de almacenamiento (T.A.): Zona
primaria aduanera para proporcionar el servicio de almacenaje de mercancías.
111. Terminal portuario: Unidades operativas de un
puerto habilitadas para proporcionar intercambio modal y servicios portuarios;
incluye la infraestructura, las áreas de deposito transitorio y las
vías internas de transporte.
112. Terminal portuario de uso privado: Establecido
por una persona jurídica para satisfacer sus propias necesidades a las de las
empresas del grupo económico al que pertenece.
113. Terminal portuario de uso público: Es aquel
que presta servicios directamente o a través de terceros – a cualquier cliente
o usuario que lo solicite en las condiciones de operación ofertadas.
114. Terminales de lanchonaje: Unidades operativas
que cuentan con muelles para acoderamiento de lanchones de carga.
115. Terrenos ribereños o áreas costeras: Terrenos
comprendidos dentro de la faja de 50 metros contados a partir de la línea de
mas alta marea.
116. Trafico portuario: Operaciones de entrada,
salida, atraque, desatraque, estancia y reparación de naves en el puerto y las
de transferencia entre estas y tierra u otros medios de transporte de
mercancías de cualquier tipo de pesca, avituallamiento y de pasajeros
tripulantes, así como el almacenamiento temporal de dichas mercancías en
espacio portuario.
117. Transbordo: Es la operación de traslado
directo de carga de una nave a otra.
118. Usuario del puerto: Persona natural o
jurídica que de forma intermedia o final, utiliza sus infraestructuras e
instalaciones o recibe suministros o servicios portuarios, se entiende por
usuario intermedio, al que presta servicios a las naves, a las cargas, de
actividades logísticas y marinas, se entiende por usuarios finales a los dueños
de la naves de las cargas de comercio nacional e internacional y a los usuarios
de las marinas y los pasajeros.
119. Uso de amarradero: Utilización de los
amarraderos del terminal portuario por las naves.
120. Uso de muelle: Utilización de infraestructura
del recinto portuario para cargar o descargar mercancía o realizar otras
actividades.
121. Zona de actividades logísticas: Parte de la
zona portuaria en la que se autoriza el desarrollo de actividades o servicios,
complementarios o conexos a las mercancías para cambiar la naturaleza del bien.
122. Zona de almacenamiento: Área en el interior
del recinto portuario, organizada y equipada para dar servicios de
almacenamiento a las cargas.
123. Zona de fondeo: Área acuática establecida por
la autoridad marítima para el fondeo de las naves.
124. Zona franca: Parte del territorio nacional en
el cual el régimen aduanero permite recibir mercancías sin el pago de tributos
a la importación.
125. Zona marítima, fluvial o lacustre: Área del
territorio nacional correspondiente al espejo de agua que comprende las aguas
jurisdiccionales, marítima, fluvial o lacustre excluyendo las zonas portuarias.
126. Zona portuaria: Área del territorio nacional
que comprende los limites físicos de las áreas de terreno asignadas a los
puertos, incluyendo las áreas delimitadas por los perímetros físicos en tierra,
los rompeolas, defensa de canales de acceso y las estaciones de prácticos.
127. Zona primaria: Parte del territorio aduanero
que comprende los recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres
destinados o autorizados para operaciones de desembarque, embarque,
movilización o deposito de las mercancías, las oficinas, locales o dependencias
destinadas al servicio directo de aduanas, aeropuertos, predios o caminos
habilitados y cualquier otro sitio donde se cumplen normalmente las operaciones
aduaneras.
128. Zona secundaria: Parte del territorio
aduanero que le corresponde a cada aduana en la distribución que la superintendencia
nacional de aduanas hace para efectos de la competencia, intervención y
obligaciones de cada una.
MUCHAS
GRACIAS.
COMO CITAR
ESTE BLOG
Gonzalez,
Nilson. (13 de diciembre del 2017). Gestión Poruaria SENA. [Terminos
Usados En Operaciones Portuarias]
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